jueves, 18 de octubre de 2012

SANCIONES PARA AUTORIDADES REGIONALES QUE INCUMPLAN CON INSTALAR COMITÉS DE SEGURIDAD CIUDADANA


Los presidentes regionales y los alcaldes provinciales y distritales que incumplan con instalar y convocar a los comités de seguridad ciudadana serán suspendidos de sus funciones, según la ley que aprobó esta noche el Pleno del Congreso de la República.

ANDINA/archivo

Por 88 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones se aprobó la iniciativa, que fue exonerada de segunda votación por 82 votos a favor, tres en contra y cinco abstenciones, tras lo cual el titular del Congreso levantó la sesión a las 22:38 horas.

El presidente de la Comisión de Defensa, José Urquizo (NGP), dijo que el dictamen ha integrado proyectos sobre el tema presentados por las bancadas de Alianza por el Gran Cambio, Fuerza 2011 y Nacionalista Gana Perú, así como por la Comisión de Seguridad Ciudadana.

El dictamen, que modifica la Ley de creación del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, propone que el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, dependerá del despacho de la Presidencia de la República, y presidido por el titular de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Los comités regionales, provinciales y distritales los presidirán los presidentes regionales y los alcaldes, respectivamente.

Las autoridades regionales y locales tendrán  la responsabilidad de su instalación y convocatoria y su omisión significará falta grave  y estarán sujetos a sanción con suspensión.

Los representantes del Ministerio Público de dichos comités se encargarán de denunciar ese incumplimiento y de adoptar las medidas de ley.

Los legisladores que participaron en el debate respaldaron las modificaciones a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, entre ellas la sanción que se establece para los presidentes regionales y alcaldes que incumplan con instalar y convocar los comités de seguridad ciudadana. 

Hubo algunas discrepancias respecto a la presidencia del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, aunque concluyeron en que no era posible que dicho cargo lo presida el Jefe del Estado sino el titular de la PCM.

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