jueves, 18 de abril de 2013

TC ANULA CONDENA CONTRA ALCALDE DE CHICLAYO Y ORDENA NUEVO VEREDICTO



Lambayeque



Magistrados declararon fundado el recurso de agravio constitucional presentado por Roberto Torres Gonzales, porque resolución penal no estuvo motivada conforme a ley.


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Los miembros del Tribunal Constitucional (TC) por mayoría declararon fundado el recurso de agravio constitucional interpuesto por el alcalde de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh), Roberto Torres Gonzales y anularon la  Sentencia N° 33-2012 de la Segunda Sala de Apelaciones de Lambayeque que lo condenó a dos años de pena privativa de la libertad por el delito de peculado de uso, en razón que se vulneró el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, por lo que dispuso que este colegiado emita un nuevo pronunciamiento.

A más de siete meses que el burgomaestre presentó dicho recurso legal ante este organismo autónomo, en razón que el 11 de setiembre del 2012 la Sala de Derecho Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque anuló el proceso de amparo emitido por el entonces titular del Tercer Juzgado Civil de Chiclayo, Óscar Tenorio Torres, es que el TC hizo pública ayer su sentencia, por coincidencia horas antes de celebrarse el 178 aniversario de Chiclayo.

El Tribunal Constitucional, además declaró infundado el extremo de la demanda referida a la vulneración de los derechos al juez predeterminado por ley y al juez imparcial, señalando que no hay afectación en el proceso si un magistrado interrumpe su licencia para participar en un colegiado para emitir una sentencia, tal como sucedió el 22 de mayo del año pasado con el ex magistrado José María Balcázar Zelada, ex presidente de la Segunda Sala de Apelaciones.

Si bien el documento es firmado por los siete integrantes de este órgano de control de la constitucionalidad, son los criterios de los magistrados Ernesto Álvarez Miranda, Gerardo Eto Cruz, Carlos Mesía Ramírez y Ricardo Ramírez Beaumont los que priman en esta decisión; aunque también nombra los votos singulares de Óscar Urviola Hani (presidente del TC), Fernando Calle Hayen y Juan Vergara Gotelli, quienes indicaron que la demanda de Torres debió ser declarada improcedente y a la vez mencionan el voto Dirimente de Eto Cruz.

Con esta sentencia, comprendida en el Expediente N° 4298-2012,  el Tribunal Constitucional fundamenta que este colegiado penal, emplazado por el accionante (Roberto Torres) interpretó en forma correcta la excepción típica prevista en el tercer párrafo del artículo 388 del Código Penal, pues considera que el "uso personal del vehículo", excluye el "uso personal" del mismo, por lo que existe una motivación insuficiente en cuanto a los términos en los cuales cabe entender que el "uso familiar" de la unidad vehicular resulta excesivo y totalmente ajeno a las razones de funcionabilidad, es decir la Sala de Apelaciones no realizó un examen de razonabilidad de los términos en los que debe excluir ciertas acciones de la esfera de aplicación de dicha excepción prevista en el mencionado código.

Asimismo precisa que en cuanto al alegato de la defensa legal de la autoridad edil, sobre que los jueces penales que condenaron a Torres Gonzales, es decir, José María Balcázar Zelada, Jimmy García Ruiz y Margarita Zapata Cruz, no tomaron en cuenta la ejecutoria suprema dictada por la Sala Especial de la Corte Suprema en el Expediente N° 05-2008, caso Luis Alberto Mena Núñez, la que expresa un criterio opuesto al adoptado por ellos, estima que dicha ejecutoria podía ser ilustrativa en cuanto a la definición de la excepción típica, pero no es vinculante, debido a que respresenta un único sustento que no ha sido confirmado como doctrina jurisprudencial en un Pleno Casatorio de la Corte Suprema.

Para el abogado, Tito Estéves Torres, al anularse la condena al alcalde, los efectos de la sentencia del Sexto Juzgado Unipersonal que absolvió al alcalde de Chiclayo, Roberto Torres cobran vigencia, hasta que haya un nuevo veredicto de la Segunda Sala de Apelaciones, que debe basarse en las precisiones del TC.

"En un mes podría conocerse la nueva sentencia a favor o en contra del alcalde Torres. Conforme a ley no se requiere que se desarrollen las diferentes etapas del proceso legal, sino solo una audiencia de apelación para pronunciarse", anotó Tito Estéves.

La presidenta de la Junta de Fiscales Superiores de Lambayeque, Carmen Miranda Vidaurre, sostuvo que la línea adoptada por el Ministerio Público seguirá firme, la que defenderán al existir un concenso entre los fiscales que fundamentaron la acusación penal contra Torres.

Fue el 22 de mayo del 2012, que la Sala de Apelaciones condenó a Torres Gonzales por el delito de peculado de uso.

El colegiado que emitirá sentencia en este caso, lo conforma Óscar Burga Zamora, Ana Salés del Castillo y Wilson Medina Medina, ante la inhibición de los magistrados Margarita Zapata Cruz (que estuvo en la sentencia anterior) y Hugo Núñez Julca (su hija trabaja en la MPCh).

Ranjiro Nakano, dijo que Torres ya no podrá acudir por segunda vez al Tribunal Constitucional.

OPINIONES

“Las resoluciones del TC se respetan. Con este pronunciamiento se acabó por el momento con la incertidumbre que reinaba en la municipalidad".

Miguel Guerrero Hurtado
Presidente de la CSJL.






"La decisión de este organismo tiene validez y aceptación jurídica. Es por eso que el alcalde debe priorizar el trabajo, en especial la obra de saneamiento"

Julio Hidalgo Reyes
Defensor del Pueblo.







"La condena contra el alcalde fue excesiva y no se ajustó a ley, al no estar bien motivada. Ahora Torres debe tener los mejores abogados para su proceso".

Celinda Ortiz Prieto
Regidora de MPCh.






“La decisión del TC es lesiva para los intereses de los chiclayanos, lo que corrobora que no existe una correcta aplicación de la justicia en el país".

Manuel Cabrejos Tarrillo
Regidor de MPCh.






FUENTE: http://www.larepublica.pe/

1 comentario:

  1. El tristemente célebre "Artemio" que indica el colaborador eficaz con código N° CE-14-2014, de haber recibido el dinero del ex - alcalde de Chiclayo para influenciar en el TC y en el JNE es nada menos que el mal hermano masón y traficante de influencias Francisco Artemio Tavara Cordova quien anteriormente se hizo sacar la Tinka para lavar activos por 7 millones de soles y que desde hace varios años con su abogado testaferro Javier Berru Vargas pretende despojarnos del inmueble de la empresa Hostal David srl
    Q.F. Humberto Armando Rodriguez Cerna
    Gerente de Hostal David SRL

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