(Foto: Archivo El Comercio)
Ricardo SerraPeriodista
@rserraf
Si tiene un crédito hipotecario, vehicular o, por ejemplo, en su tarjeta de crédito, debe haber visto que mensualmente paga por un concepto llamado seguro de desgravamen. Pero, ¿qué significa esto?
El seguro de desgravamen tiene por objeto pagar, al momento del fallecimiento del asegurado (o en algunos casos por invalidez), la deuda que mantenga frente a una entidad del sistema financiero, beneficiándose de esta manera a los herederos del asegurado. Si un préstamo no contara con un seguro de desgravamen y el titular del crédito fallece, serán los herederos quienes tendrán que asumir esta obligación.
Existen varios tipos de seguro de desgravamen. Por ejemplo, el simple y el mancomunado. Este último consiste en que, en caso fallezca cualquiera de los miembros de una sociedad conyugal que pidió un préstamo, ambos quedarán liberados de la obligación. El simple solo cubrirá ante el fallecimiento de uno de ellos.
¿Es obligatorio? No. Su contratación no ha sido determinada como obligatoria por las normas vigentes, señala la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Sin embargo, algunas empresas del sistema financiero exigen su contratación como condición necesaria para el otorgamiento de un crédito.
“Resulta común la existencia de seguros de desgravamen en el caso de créditos hipotecarios, pero también se puede contratar en relación a créditos de consumo como es el caso de las tarjetas de crédito”, agrega la SBS.
Algo importante de mencionar es que, si su vivienda tiene un seguro de desgravamen, esto no significa que está protegida ante eventos negativos. Si algo le sucediera a su vivienda, el seguro de desgravamen le pagará la deuda a la entidad financiera, y el propietario de la edificación se quedaría sin deudas, pero también sin vivienda.
Debe tener en cuenta también que un seguro de desgravamen tiene exclusiones como, por ejemplo, suicidio, muerte a causa de una enfermedad preexistente a la fecha de contratación del seguro, a causa de un accidente en situación de embriaguez y/o bajo influencia de drogas o por participación en deportes riesgosos, indica la SBS.
Fuente: http://elcomercio.pe/
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